Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. ELIZABETH BETACOURT PEÑA, Defensora Pública Primera en lo Penal Ordinario, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, actuando en este acto con el carácter de Defensora Pública del Ciudadano GABRIEL ALEJANDRO GARCÍA BARRIOS, contra la decisión dictada en fecha 27 de Julio de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, mediante la cual DESESTIMÓ la solicitud de la Defensa, en el sentido de que se decretase la extemporaneidad de la adhesión a la Acusación Fiscal, presentada por el Apoderado Judicial de la Víctima, en el asunto seguido al ciudadano GABRIEL ALEJANDRO GARC.....