DISPOSITIVA: Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: La PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano CESAR ENRIQUE MILLAN FIGUERA, quien dijo ser venezolano, natural de Carúpano , Estado Sucre, de 27 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.955.758, de oficio u oficio Depositario en Tubulares de Oriente, nacido el 18-05-1983, hijo de Nimia del Jesús Figuera y Aníbal Cesar Millán, y domiciliado en: Sector San Luís, Carretera Carúpano ¿ San José Invasión Villa del Sol, Casa S/N, Parroquia San José, Municipio Andrés Mata, del Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sa.....