En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN REBELDÍA AL ACUSADO XXXXXXX, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad XXXXXX, natural de Cumaná, nacido en fecha 07/11/1993, de oficio ayudante de Albañilería, soltero; hijo de XXXXXX y XXXXXXXX; residenciado en XXXXXXXX; a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 458 y 277 del Código Penal, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de los ciudadanos FRANKLIN TOMAS CASTILLO YANEZ, ROSA DE LOURDES THERON DE CASTILLO Y EL ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en con.....