Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : A) Declara efectuado cómputo de conformidad con el artículo 482 del COPP en la presente causa seguida al sancionado xxxx a quien se sancionó UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, estuvo detenidos desde el desde el día 10-08-08 hasta el día 04-12-08, por lo que estuvo detenido tres (03) meses y veintitrés (23) días, faltándole por cumplir Ocho (08) meses y Siete (07) días, los cuales cumplió desde el mes de diciembre 2008 a agosto de 2009, por un lapso de nueve meses por lo que cumplió con creces la sanción. B) Se decreta el cese de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, al sancionado xxxx, quien fue sancionado por la comisión de los delitos de robo agravado cometido a mano armada en grado de coautor y porte ilícito de arma de fuego, previsto en los artículos 458, en con.....