RESUELVE modificar el lugar de presentación de la medida cautelar que fueron impuestas por este Tribunal mediante sentencia interlocutoria en fecha 17-02-2006, al ciudadano XXXXXXX , quien en lo sucesivo se domiciliara en el Barrio Valle Verde, sector Las Maritas, cerca de la capilla, Isla de Margarita Estado Nueva Esparta; quedando el mismo obligado a presentarse cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, es por tal motivo que se comisiona suficientemente a un Tribunal de Control de la Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para que continué haciendo el seguimiento de las medidas antes indicadas, toda vez que el prenombrado ciudadano fijara su residencia en el Barrio Valle Verde, sector Las Maritas, cerca de la capilla, Isla de Margarita Estado Nueva Esparta. Se ordena librar oficio dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, anexando copia certificada de la audiencia d.....