Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del ciudadano , quien es venezolano, de 19 años de edad (cuando sucedieron los hechos contaba con 14 años de edad), titular de la cédula de identidad N° 18.903.319, nacido en fecha 08-02-1987, hijo de Cruz Del Valle Contreras y César Luis Rengel, domiciliado en Barrio Los Cocos, calle 4, casa S/N, frente al Hospital de Veteranos, en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre; por uno de los delitos contra la propiedad, en perjuicio de Onilsa Del Carmen Rodríguez Brito; con fundamento en los artículos 561 literal “D” Y 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se acuerda el Cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas al adolescentes de autos en fecha trece (13) de sep.....