En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por la Representante de la Defensorìa de Niños, Niñas y Adolescentes, suscrito entre los ciudadanos CRUZ JOSE MOYA BRITO Y MARIANNYS DEL VALLE NORIEGA GALLARDO, anteriormente identificados en el encabezamiento del presente fallo, a favor de las niñas. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.