Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA REPRESENTACION LEGAL Y CUSTODIA, interpuesta por los ciudadanos JOEL JOSÉ RODRIGUEZ GONZALEZ Y NINSEFORA DEL CARMEN MANOSALVA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.881.120 y V-11.379.176,domiciliados en Cantarrana, Sector La Sabana, casa nro. 90, Jurisdicción de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistida en este acto por el abogado Eloy carvajal, venezolano, mayor de edad, abogado inscrito en el Inpreaboagado Nro. 168.904, actuando en nombre y representación de su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes venezolano, de diez (10) años de edad