Este Juzgado Unipersonal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA CULPABLE: AL ACUSADO JAIRO JOSÉ ROQUE; venezolano, natural de Cumana Estado sucre, fecha de nacimiento 18-03-1972, de 38 años de edad, latonero, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.274.528 y residenciado san Luís Segundo vereda 06 N° 05 , de esta ciudad de Cumaná, por haber quedado comprobado en el Juicio Oral y Público como participe del delito de ROBO GENERICO, tipificado y penado en el artículo 455 del Código Penal, en agravio del ciudadano ANTONIO DANIEL SARDHINA OLIVEIRA, propietario del Comercio Ferretería y Quincallería Arismendi, estableciendo dicha norma en su término mínimo SEIS (6) AÑOS DE PRISION y en el máximo DOCE (12), y sumando los extremos de ambas penas da como resultado DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRISION aplicando el término medio contemplado e.....