Por cuanto en fecha 19 de Febrero del 2.008, fue presentada Solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO por la ciudadana: ROSA ELENA FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cedula de Identidad N° 10.878.964, y domiciliada en la Población de Casanay, Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, asistida por el Abogado en ejercicio: VÍCTOR DÍAZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.150, y por cuanto se observa de la solicitud, que el ciudadano ROSA ELENA FIGUEROA, Identificada anteriormente, nació el 04 de Septiembre de 1.969, en el Caserío Corozal De Las Tablas, Municipio Mariño del Estado Sucre, Hoy Municipio Andrés Eloy Blanco, tal y como se desprende del la Partida de Nacimiento que se pretende reformar y esta fue inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, bajo el N° 392, del año 1.970, la cual anexa marcada “A”. (Folio 02 del Expediente), es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia .....