Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE LETRA DE CAMBIO POR INTIMACIÓN siguen los abogados en ejercicio ciudadanos CARMEN MUJICA y ARMANDO PEÑA MARQUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-5.873.971 y V-8.029.851, respectivamente e inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 53.066 y 38.019, respectivamente, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales del ciudadano JOSE HILDEFONSO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.446.357 contra el ciudadano CHEUNG LU CHEONG SING, quien es de nacionalidad China, mayor de edad, titular de la cédula Nro. E-81.967.293 y la ciudadana ANA TERESA MONOGA, de nacionalidad Colombiana, titular de la.....