ACUERDA SUSTITUIR LA SANCIÓN DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por la libertad asistida contenida en el Artículo 620 literal ¿d¿ ejusdem, la cual consistirá en recibir terapia psiquiatrica por ante la profesional adscrita a esa sección de adolescente, en virtud de la recomendación formulada por el equipo multidisciplinario que labora en el Centro Socio Educativo Dr. Agustín Rodríguez. En consecuencia se acuerda librar boleta de libertad y oficio respectivo. Seguidamente la Juez le informa al adolescente las consecuencias de la violación o incumplimiento de la sanción impuesta y le preguntó si se comprometía a cumplir las mismas, a lo cual contesto de manera afirmativa. Acto seguido se le cede la palabra a la defensa quien expuso:¿ Solicito de conformidad con el artículo 482 del Código orgánico Procesal Penal, la realización de un computo de la sanción originalmente impuesta, a mi defendido en la audiencia preliminar en el cual se indique el tiempo cumplido, el tiempo que le falta por c.....