REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Cumaná
Sección Adolescentes
Cumaná, 21 de Febrero de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RY01-D-2001-000011
ASUNTO : RY01-D-2001-000011
Realizada como ha sido la audiencia de CESACIÓN de medida seguida en la presente causa, seguida al ciudadano xxxxxxx, plenamente identificado, y por cuanto de la Revisión de las presentes actuaciones, se pudo constatar que la sanción impuesta al referido, venció en fecha 05-07-2004; Es por lo que este Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 647 literal H de la LOPNA acuerda decretar la CESACIÓN DE LA MEDIDA. Por cuanto la presente causa esta terminada se acuerda remitir la misma al archivo de la sección de adolescente en virtud que la misma ha concluido. Líbrese oficio. Así se decide. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION
DRA. AYSKEL MARTINEZ DE MUÑOZ
EL SECRETARIO,
ABG. JORGE ABOU