este Tribunal Panal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Prescripción Especial; y en consecuencia, La Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108 ordinal 5° y 112 ordinal 1° ambos del Código Penal; en concordancia con el artículo 49 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se Decreta: El Sobreseimiento de la presente Causa, seguida al ciudadano Richard José Aguilera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 16.893.602, nacido en fecha 07-11-1977, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Margarita Aguilera e Hidalgo Santana, y residenciado en la Urbanización Nueva Guiria, Sector Calle Nueva, Vereda 01, Casa S/N, Guiria, Municipio Valdez del.....