Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Extensión Carúpano del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: REVOCAR la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, correspondiente al "Destacamento de Trabajo", que venia haciendo uso y disfrute el Penado: Richard Indriago, venezolano, mayor de edad, de 25 años de edad, nacido en fecha 13-10-82, de profesión u oficio panadero, indocumentado