Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado BOHECIO RAFAEL RODRÍGUEZ COLÓN, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.384.215, natural de Cumaná, nacido en fecha 25-07-71, obrero, casado, hijo de Carmen Rosa Colón y Ovidio Rodríguez, residenciado en San Antonio del Golfo, Brisas del Mar, casa S/N°, hacia el Cementerio, Municipio Mejías del Estado Sucre; actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sus.....