Este Tribunal Primero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVOCACION O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por el Defensor a favor del acusado JHONNY GABRIEL CHACON, suficientemente identificado en las actas procesales. En virtud de que el juicio oral y público en la presente causa esta fijada su celebración para el 25-01-2010, en esa oportunidad este Tribunal resolverá respecto a la prórroga solicitada por la Vindicta Pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 244 del COPP, en cuanto a la convocatoria que debe llevar adelante el Juez para resolver lo solicitado por el Ministerio Público