DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada 30 días por el lapso de 6 meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, al ciudadano Jean José Frontado, venezolano, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.856.217, de profesión u oficio pescador, nacido en fecha 05-01-81, de 25 años de edad, hijo de Evelina Frontado y Juan Bianche, domiciliado en la Calle La Salina, casa S/N, frente al abasto "San Ramón", El Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, espec.....