En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOSE DEL CARMEN MARTINEZ GONZALEZ y ZULMA DEL CARMEN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V- 9.454.625 y V- 11.439.284, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio ROSMIRA AGUILAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.421, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el Doce (12) de Septiembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1.988).-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, r.....