Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE a los acusados ciudadanos YENDRI ALEJANDRO YANUZZI BICEÑO, de 22- años de edad; titular de la cédula de identidad N° 17.909.928; nacido en fecha 23-03-87; hijo de Dina Briceño y José Gregorio Rodríguez; soltero; de profesión u oficio estudiante; residenciado en llanada sector 04, barrio Maria de San José, calle principal casa N° 62, cumaná, Estado Sucre; y DARWIN JOSÉ MENESES ÁLVAREZ, de 20 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 20.535.629; nacido en fecha 30-09-89; hijo de Yusmelia Álvarez y Adolfo meneses; soltero; de profesión u oficio estudiante, residenciado en Llanada sector 04 calle 10 casa N° 14, Cumaná Estado Sucre, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciuda.....