este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO de los cónyuges, ciudadanos HERMOGENES JOSE VIÑOLES BELLORIN y NELLYS DEL CARMEN TOVAR DE VIÑOLES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-10.885.322 y V- 10.885.268, respectivamente, domiciliado el primero en la comunidad de Playa de Sal, casa s/n, parroquia Santa Catalina, municipio Bermúdez del estado Sucre y la segunda en la vía Principal, sector Llanada de Guiria, casa s/n, parroquia San José, municipio Andrés Mata del estado Sucre, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 185-A de nuestro Código Civil y en consecuencia declara DI.....