este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a PRIMERO: CONDENA al acusado GERINO JOSE LATTAN quien dijo ser venezolano, natural de Guiria de la Costa, de 20 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.201.506, de oficio Pescador, nacido el 02-10-1990, hijo de Neris del Valle Lattan y padre desconocido, domiciliado en: en Guiria, La Antena, Casa Nº 82, casa de la señora Carmen, por el puente de hierro. Estado Sucre, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley., por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405, del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 en su ultimo aparte del Código Penal en perjuicio de FELIX MANUEL ESTRADA. .....