Este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud Fiscal y en consecuencia adopta las siguientes PRIMERO: CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE A CARGO DE FUNCIONARIOS DE LA DIVISIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA POLICIAL (DISIP), específicamente los destacados en la Base Territorial N° 21 de esta ciudad de Cumaná, para el ciudadano CARLOS CASTILLO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° N° 5.702.630. SEGUNDO: la CUSTODIA POLICAL PERMANETE deberá ser A CARGO DE FUNCIONARIOS DE LA DIVISIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA POLICIAL (DISIP), específicamente los destacados en la Base Territorial N° 21 de esta ciudad de Cumaná, TERCERO: las CUSTODIA POLICIAL PERMANENTE acordada tendrá una duración de 6 meses los cuales podrán ser prorrogados a solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público. CUARTO: Imponer de la presente decisión mediante oficio al ciudadano Director de la Div.....