este Tribunal para constatar lo solicitado realizó una actualización de cómputo, procede de oficio a actualizar el cómputo de la pena:
El penado SERGIO LUIS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.870.197; a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN. E igualmente se le condenó a las penas accesorias de Ley, de conformidad con los artículos 13 y 34, ejusdem, está detenido desde la fecha: 16 ¿ 12 ¿ 2001, hasta el día de hoy 20 ¿ 09 ¿ 2004, tiene cumplido una pena de DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y TRES (03) DÍAS. Le falta por cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS. Fecha que vencerá el 16 de diciembre del año 2010. El penado igualmente quedará sujeto a cumplir las penas accesorias legales establecidas en el artículo 13 del Código Penal.
El penado, podrá optar y solicitar los Beneficios que establece la Ley.
PRIMERO: DESTA.....