Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la Extinción de la pena impuesta al penado JUANA DEL VALLE ARCIA AGUILAR, venezolana, de 38 años de edad, nacida en fecha 05/01/1970, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.458.102, de ocupación u oficio comerciante, de estado civil Soltera, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, hija de Pablo Arcia y Luisa Aguilar y residenciado en el Calle Principal de San Martín, Casa Nº 155, Parroquia Santa Rosa, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien fue condenado a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Ocultamiento De Sustancias Estupef.....