Este Juzgado Segundo de Ejecución dictándose el auto de entrada correspondiente en esta misma fecha 20 de Agosto del año 2010, y siendo que en dicho fallo se evidencia que el referido Tribunal Segundo de Control condenó a la ciudadana MILEIDYS DEL CARMEN RIVAS BERMÚDEZ, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, VEINTE (20) DÍAS, SEIS (06) HORAS Y CUARENTA (40) MINUTOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de LESIONES GRAVES, LESIONES LEVES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los Artículos 414, 416 y 218 del Código Penal, en perjuicio de TEONILDA LEMUS, DIONER GEREZ Y EL ESTADO VENEZOLANO; es por lo que este Tribunal segundo de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA dicha sentencia, en los siguientes términos:
Primero: Siendo que la penada MILEIDYS DEL CARMEN RIVAS BERMÚDEZ, ya identificada, fue condenada a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, VEINTE (20) DÍAS, SEIS .....