este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley bajo decisión del juez N° 1 de conformidad con los artículos 127, 128 y 396 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA la colocación familiar de la niña: (se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 545 de LOPNA), en el hogar de los ciudadanos: MARY LUZ RODRIGUEZ BELLO y JOSE RAFAEL BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, de profesión médicos, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nros 11.966.572 Y 8.347.225