este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, donde aparece como autor de las lesiones el ciudadano EDUARDO RAFAEL MARCANO NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 13360217, domiciliado en la Calle Bolívar casa N° 200, detrás de la Prefectura de Caiguire, Parroquia Valentín, Cumaná, Estado sucre y como victima CELSA CASTILLO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 3527163, domiciliada en la Urbanización en la urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, edificio 108, apartamento 24, Cumaná - Estado Sucre; conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta al delito de y LESIONES CULPOSAS LEVES, cuya acción Penal es de Instancia de parte Agraviada es decir no es d.....