DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: ANDERSON JAVIER TOVAR URBANEJA, quien es venezolano, natural de Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 14.716.054, soltero, nacido en fecha 21-12-78, de 34 años de edad, Comerciante, hijo de Adalezis Urbaneja de Tovar y Andrés Tovar, residenciado en: El Valle del Espíritu Santo, calle San José, Casa S/n, a lado de la gruta, Margarita Estado Nueva Esparta, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 5, 6 y 13 de la ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; PRIMERO: La prohibición al ciudadano ANDERSON JAVIER TOVAR.....