Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES: al ciudadano: ANICASIO JOSÉ RAUSSEO FUENTES, Venezolano, natural de Guiria, de 44 años de edad, nacido en fecha: 08/05/1.969, de obrero, casado, Titular de la Cédula de identidad Número V- 12.214.048, hijo de: Jorge Rausseo y Ubalda Fuentes, residenciado en: Callejón Carrizal, casa Nº C, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y Barrio Libertador, calle la Unión, Nº 78, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui, solicitada por la representación fiscal, donde manifiesta que dicha solicitud pudiera ser de tramite administrativo. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes, y se insta a las mismas a obtener la reproducción fotostática correspondiente. Líbrese oficio junto con boleta de libertad al Comandante de Poli.....