Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado DOUGLAS JESUS SALAZAR DOMINGUEZ, venezolano, natural de Cumana, Estado Sucre, de 35 años de edad, nacido en fecha 03-03-78, titular de la cedula de identidad Número V- 14.009.037, de estado civil soltero, de ocupación u oficio comerciante y TSU en electricidad Industrial, y residenciado en Barrio Sucre, Calle Ricaute, casa sin numero, cerca del modulo policial, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA CON MOTIVOS FUTILES E INNOBLES previsto y sancionado en el articulo 406 numeral primero del Código Penal, en perjuicio de PEDRO JOSE CARREÑO, t.....