PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO de conformidad al Articulo 185 del código Civil en concordancia con la sentencia 693 de fecha 02/06/2015 emanada Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentado por los ciudadanos ELIU JOSÉ GARCÍA MILLÁN Y REIMARLYS DÍAZ MILLÁN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.021.964 Y 18.592.717, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GUSTAVO BERMÚDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.154, en donde se encuentra involucrado los niños OMISSIS, actualmente de 13, 11 Y 8 años de edad, nacidos en fecha 12/06/2004, 23/03/200702/12/2009. mediante la cual, solicita la Disolución del Vinculo Matrimonial, fundamentada en el artículo 185, en concordancia con la Sentencia Nro. 693 de fecha 02/06/201, mediante la cual, solicita la Disolución del Vinculo Matrimonial, fundamentada en el artículo 185, en concordancia con la Sentencia Nro. 693 de fecha.....