De conformidad con lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, acuerda lo solicitado por el diligenciante y en consecuencia decreta medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de las demandadas INDUSTRIAS LAVA K-ASA , C.A. y LABOARTORIOS GAMMA, C.A., hasta por la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 111.019.338,83), que comprende el doble de la cantidad reclamada, más la suma de SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs. 7.745.535,27) en que prudencialmente se han calculado las costas procesales. Asimismo en caso de embargarse sumas de dinero será la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS ( Bs. 59.382.437,05) que comprende el monto demandado, más las costas prudencialmente calculadas en SIETE MILLONES S.....