Este Juzgado Tercero de Primera Instancia Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre-Carúpano, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado RAFAEL VILLEGAS OTTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.248 en contra de La Inspectoria Del Trabajo De Carúpano Estado Sucre, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN DE SERVICIOS AGROPECUARIOS (CORSERAGRO).
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte recurrente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los veinte (20) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
ABOG. EDDA PEREZ ALCALA