este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de la Imputada Greisker José Romero García, venezolana, natural de El Pilar, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.855.792, nacida en fecha 20-11-1979, de 32 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de Dianota García y Víctor Romero, y residenciada en la Urbanización "Chávez Frías", Calle Principal, Casa S/N, a cuatro casas del Cementerio, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Básicas en Riña, previsto y sancionado el artículo 413, en relación con el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio de Omissis, en consecuencia la referida ciudadana deberá presentarse cada Treinta (30) días, por ante la.....