y visto igualmente su contenido este Tribunal ordena agregar a los autos, lo que se cumple en este mismo acto, en cuanto a lo solicitado sobre la renuncia del Capítulo Primero de las pruebas promovidas en la articulación probatoria, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de dicha prueba. Así se Decide. Asimismo el Tribunal Observa que en dichas pruebas promovidas de esa articulación, en referencia al capítulo segundo, donde se solicitó a la Oficina Archivo Regional Judicial, Extensión Carúpano, con oficio 1020-207, el expediente N° 15.984, contentivo del Juicio de ACCIÓN DE MERO DECLARATIVA, seguido por la ciudadana LOLAYNE DARIA CENTENO MARCANO contra JOSE CONSEPCION ROJAS AGUILERA, el mismo fue remitido a este Tribunal por la mencionada Oficina y repo.....