Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: Al ciudadano: Pedro Antonio Rodríguez Velazco, venezolano, natural de Carúpano, de estado civil soltero, de 21 años de edad, titular de cédula de identidad Nº V-17.624.620, de profesión u oficio Estudiante de Técnico de Mantenimiento Mecánico en Caripito Estado Monagas, nacido en fecha 20-09-1987, hijo de Eli Velazco y Antonio Rodríguez, y residenciado en la Urbanización Alejando Franco, Casa S/N, cerca de la cancha de Tocuyito, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio.....