Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: RONMER EDUARDO PEÑA ZUNIAGA, venezolano, nacido en Carúpano Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 12.740.751, de profesión u oficio licenciado en administración, soltero, hijo de Robert Peña y Carmen Zuniaga, con domicilio urbanización guayacán de las flores, cuerda 19,casa 8, después de la botiqueria. Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIAPATRIMONIAL, previsto y sancionado en los articulo 39, 40, 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre del Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Alexandra José Bastidas Rosillo, consistente.....