Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUTE el cumplimiento de la Medida de Privación de libertad, al sancionado "OMISIS", por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: Midaimarys José Fuentes Cabello , por el cumplimiento simultaneo de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, por el lapso de sanción de un (01) año, nueve (09) meses y diecinueve (19) días, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 629, 646, 647 Literal "E", todos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Para el cumplimiento Libertad Asistida el sancionado deberá desde el día de hoy, asistir una vez al mes ante el Equipo Técnico del Centro Socio Educativo "Dr. Agustín Ortiz Rodríguez", a los fines de recibir orientación, evaluación, supervisión y seguimiento. Para el cumplimi.....