DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ESTEBAN JOSE BRITO MORENO, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, soltero, de 35 años de edad, nacido en fecha 01-04-1975, titular de Cédula de Identidad N° 13.808.036, de profesión u oficio: obrero, hijo de Francisca Hernández y Jorge Brito, domiciliado en el Sector Manzanare, casa S/n, Guiria Municipio Valdez, Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal; todo ello por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Se decreta la aprehensión como Flagrante, de c.....