y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante este Juzgado, de los testigos ciudadanos: CESAR AQUILES CORDERO HERNANDEZ y FRANCIS IRENE MARTINEZ LEON, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.256.177 y 16.062.999, de este domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto el demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO ANTONINO PAGANO ALBERTI, a los ciudadanos NINO JOSE PAGANO CARMONA, NINO AUGUSTO y NINO ANGEL DE MELA PAGANO MOYA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados.....