Nótese de lo citado que, la parte promovente pretende la incorporación de unas instrumentales respecto de las cuales adujo cursan insertas en otro expediente que sustancia este Organo Jurisdiccional, sin embargo, ello no es procedente de acuerdo con lo dispuesto en la citada norma, en tanto y en cuanto, la misma versa sobre reproducciones de hechos por medios mecánicos, siendo ese el sentido que debe atribuírsele, tal como lo refiere el autor Humberto Bello Tabares, cuando afirma: "La reproducción mecánica de hechos se encuentra regulada en el artículo 502...Luego, no se trata como tal de un medio de prueba judicial, sino de una mecánica que puede utilizarse en el decurso del proceso judicial, con la finalidad de documentar o de recoger hechos..." (Cfr. Tratado de Derecho Probatorio Tomo II. p. 975); así como también lo expone Ricardo Henriquez la Roche al señalar que, lo que se pretende con la anterior disposición legal, no es el "...registro mediante la escritura de lo percibido (act.....