En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Revisa la Medida de Privación Judicial Preventiva De Libertad, que fuera dictada por este Juzgado en su oportunidad, a los ciudadanos ASSUNTA SOFIA DE ARMAS VELTRI, venezolana, natural de Carúpano Estado Sucre, hija de Pedro de Armas y Assunta Veltri, De profesión u oficio Ingeniera Industrial, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-21.379.001, nacida en fecha 14-05-1.993, con domicilio en Calle San Rafael, Quinta Antonieta, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a quien se le sigue la presunta causa y a quien la representación fiscal acusó por la presunta comisión del delito SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el ar.....