este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia En nombre de la República y por Autoridad de la ley DECRETA LA REVOCATORIA POR INCUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, que fue acordada por este Juzgado en fecha 10/07/08, a favor del ciudadano JOSÈ VASQUEZ BUCARITO, Venezolano, de 49 años de edad, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.905.335, nacida en fecha 09/03/59, hijo de Lino Vásquez y Antonia Bucarito; residenciado en la, invasión primero de Mayo, urbanización las Delicias, casa 351, cerca de la cancha fe y alegría, de Puerto la Cruz, estado Anzoátegui, en consecuencia Librese ORDEN DE CAPTURA, a nombre del imputado JOSÈ VASQUEZ BUCARITO, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 262 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Una vez sea capturado el prenombrado imputado deberá ser recluido.....