Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Ejecución de la Sección de Adolescentes administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a los artículos 645 y articulo 647 literal H de la LOPNNA, se Decreta el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA que fuere impuesta al sancionado XXXXXXX, quien fue sancionado por la comisión del delito de robo agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente, en perjuicio de la XXXX .-.
Notifíquese a las partes, que este Tribunal por decisión de esta misma fecha decreto el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA que venía cumpliendo el sancionado XXXXXX conforme a los artículos 645 y 647 literal H de la LOPNNA. Infórmese al sancionado que este Tribunal por decisión de esta misma fecha decreto el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, conforme a los artículos 645 y 647 literal H de la LOPNNA, quedando en libertad plena por la presente causa.