ESTE TRIBUNAL SEGUNDO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado JULIO JOSÉ MARVAL GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V- 11.833.519, de 38 años de edad, soltero, nacido en fecha 17-08-1975, de profesión u oficio: pescador, hijo de Julio Cesar Marjal Rondón y Claudia Margarita García, residenciado en: Punta de Araya, sector pueblo viejo (detrás de la Iglesia nueva), Parroquia Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre. Considera esta representación fiscal, que la conducta desplegada por el imputado de autos, se encuadra en el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Der.....