Visto el Oficio N° 0484 emanado del Jefe del Servicio Autónomo de Vivienda Rural, Región XI-Sucre, Ingeniero PEDRO SANCHEZ, donde solicita saber el estado en que se encuentra el Expediente signado con la nomenclatura RP01-P-2005-009388, seguido al Ciudadano CESAR JULIO RAMIREZ CENTENO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.183.680, Este Tribunal Primero de Ejecución acuerda Oficiar al Jefe del Servicio Autónomo de Vivienda Rural, Región XI-Sucre a fin de informarle que en fecha 05 de octubre del año en curso, se le otorgo al Penado CESAR JULIO RAMIREZ CENTENO, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.183.680, el Beneficio de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por el transcurso de UN (01) AÑO, el cual se cumplirá el 14/08/2007, Beneficio que se otorga conforme a lo establecido en los artículos 479, 494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Librese el correspondiente Oficio y Notifíquese a las partes. Es todo CUMPLASE
La Jueza Primero de Ejecuc.....