DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado JOSÉ EDUARDO QUIJADA RODRÍGUEZ, venezolano, de estado civil soltero, de 31 años de edad, nacido en el Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, en fecha 26-04-79, titular de Cédula de Identidad Nº 16.842.275, de profesión u oficio agricultura, hijo de Eladio Quijada y Daris Quijada, y domiciliado en el caserío de Rió Seco de Yaguaraparo, calle la Manga, casa sin numero, en una invasión, teléfono 0426-9404889, Estado Sucre; ello por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Yuleidis Brito.....