PRIMERO: DECRETAR MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del demandante ciudadano VICTOR JOSE OYOQUE SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.583.345, domiciliado en esta ciudad de Cumana, que deberán ser indicados ante el Juzgador Ejecutor, hasta cubrir la cantidad de: TREINTA Y UN MIL DOLARES AMERICANOS (31.000,00) que actualmente equivale al monto de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CON SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES Y CERO CENTIMOS (Bs. 3.666.680,00) según la tasa del Banco Central de Venezuela a la fecha del presente decreto, es decir 118,28 Bs por Dólar de los Estados Unidos; cantidad esta que comprende el doble de la sumatoria del monto condenado más las costas procesales calculadas a un 10%, por concepto de costas procesales, por concepto de costas procesales, cantidad esta que comprende el doble de la sumatoria del monto condenado más las costas procesales calculadas a un 10%, por concepto de costas pr.....