Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado PLACENCIO JOEL DEL VALLE, quien es venezolano, natural de Carúpano, donde nació en fecha 23-07-75, de 29 años de edad, y titular de la cedula de identidad N° V- 14.063.416, hijo de Teodomiro Salazar Guerra y de Francisca del Carmen Placencio, de profesión u oficio Pescador, residenciado en Rivilla ¿ San Luis, dirección a San José de Areocuar, casa N° 39, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de Lesiones Personales Graves previsto y sancionado en el articulo 417 del Código penal, en perjuicio del Ciudadano: Marcos Antonio Lárez, y fue condenado a Cumplir la pena de un (1) año y ocho (8) meses de prisión, mas las accesorias de ley. EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 479,494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal,